La farmacia hospitalaria

La especialidad que concentra 221 de las 377 plazas del FIR. Y detrás de esa cifra hay una razón legal, no una moda.

Última actualización: 8 de agosto de 2026

Convocatoria publicada. La Orden SND/854/2026, de 4 de agosto (BOE de 10 de agosto de 2026) aprueba la oferta y convoca las pruebas selectivas de Formación Sanitaria Especializada para 2027: 377 plazas de Farmacia —363 públicas y 14 privadas—, ejercicio el sábado 23 de enero de 2027 —llamamiento a las 13:00 y comienzo a las 14:00, una hora antes en Canarias— y plazo de solicitudes del 1 al 14 de septiembre de 2026. La tasa es de 31,10 €. El desglose por centro figura en el anexo I. Verifica siempre el BOE antes de tramitar nada.

Datos clave

Plazas FIR 2027221, el 58,6 % de la oferta
ObligatoriedadHospitales de 100 o más camas
MarcoLey 14/1986, General de Sanidad
Título de especialistaReal Decreto 2708/1982
Primeros títulos1986
Duración4 años
Programa formativoResolución de 20 de mayo de 1999

La farmacia hospitalaria es la especialidad farmacéutica que se ocupa de la selección, adquisición, custodia, elaboración, dispensación e información sobre medicamentos y productos sanitarios en el ámbito hospitalario, con el objetivo de un uso apropiado, seguro y eficiente.

La Ley 14/1986, General de Sanidad, establece que los hospitales de 100 o más camas deben contar con un servicio de farmacia hospitalaria, bajo la titularidad y responsabilidad de un farmacéutico especialista en la materia. Algunas comunidades autónomas rebajan ese umbral: Galicia y Cataluña lo sitúan en 50 camas.

Esa obligación es la que sostiene la demanda estructural de la especialidad. No depende de la coyuntura: mientras exista el hospital, tiene que existir el servicio y su responsable especialista. Varias leyes autonómicas de ordenación farmacéutica añaden además la exigencia de un farmacéutico especialista adicional por cada cien camas.

Es también la explicación de que concentre 221 de las 377 plazas del FIR, más que las otras cinco especialidades juntas. Ver las estadísticas del FIR.

Cómo se llega

El acceso es exclusivamente por el FIR. El título de especialista se regula desde el Real Decreto 2708/1982, y los primeros se concedieron en 1986. No existe otra vía de obtención.

Es la única de las seis especialidades del FIR reservada a Farmacia. Las otras cinco —Análisis Clínicos, Bioquímica Clínica, Microbiología y Parasitología, Inmunología y Radiofarmacia— son multidisciplinares y se comparten con Biología, Bioquímica, Medicina o Química, con dos excepciones que casi nadie publica: Inmunología excluye Química y Radiofarmacia excluye Medicina. Ver las especialidades.

Esa exclusividad explica buena parte de su tamaño: no reparte su cupo con ninguna otra titulación. Y tiene un efecto colateral útil, que es la ausencia de un equívoco frecuente: cuando un medio publica cuántas plazas oferta una especialidad multidisciplinar, la cifra suele ser el total conjunto de todas las carreras que acceden, no plazas FIR. En Farmacia Hospitalaria el total y la cifra de Farmacia son el mismo número.

De las 15 plazas que gana la convocatoria de 2027 respecto de la anterior, 12 son suyas: cuatro de cada cinco. Pasa de 209 a 221 y sube del 57,7 % al 58,6 % de la oferta. El reparto por especialidad procede del adelanto del Ministerio, no del BOE.

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El programa formativo y su norma

La residencia dura cuatro años. Y aquí hay un detalle que la mayoría de sitios resuelve mal: Farmacia Hospitalaria es la única de las seis especialidades del FIR cuyo programa formativo no está aprobado por una orden ministerial publicada en el BOE. Las otras cinco lo están por sendas órdenes de la serie SCO de 2006 y 2007.

El programa de Farmacia Hospitalaria se aprobó por una resolución de 20 de mayo de 1999 de la Secretaría de Estado de Educación, Universidades, Investigación y Desarrollo —un ministerio de Educación, no de Sanidad—, sobre la base del Real Decreto 2708/1982. Si lees en algún sitio «Orden SCO/…» referida a esta especialidad, es un error: esa orden no existe.

La duración de cuatro años se publica aquí como dato concordante, no como cita literal del BOE: dos guías docentes oficiales independientes coinciden en la misma resolución y en el mismo plazo. Cuatro años es también lo que duran Análisis Clínicos, Bioquímica Clínica, Inmunología y Microbiología; la única excepción del FIR es Radiofarmacia, de tres.

Las funciones del servicio de farmacia

Las leyes de ordenación farmacéutica —estatal y autonómicas— atribuyen al servicio de farmacia hospitalaria un conjunto de funciones que dan la medida de la especialidad:

La última función es la que más ha crecido en las últimas décadas y la que explica por qué la especialidad se ha desplazado desde un perfil logístico hacia uno asistencial y clínico.

Las categorías profesionales

La estructura del servicio sigue las mismas categorías que los servicios médicos del hospital, lo que sitúa al farmacéutico especialista en pie de igualdad organizativa:

CategoríaQué implica
ResidenteFarmacéutico en formación especializada, con contrato de trabajo
Facultativo especialista de áreaEspecialista adscrito al servicio
Jefe de secciónResponsable de un área funcional del servicio
Jefe de servicioTitular y responsable técnico del servicio de farmacia
Jefe de departamentoResponsable de una estructura departamental

Una incompatibilidad que conviene conocer

La normativa establece que el ejercicio del farmacéutico en un servicio de farmacia hospitalaria es incompatible con intereses económicos directos en laboratorios farmacéuticos. Es una garantía de independencia inherente al puesto.

Cómo se forma el especialista

Mediante la residencia, con el programa formativo que aprueba la Comisión Nacional de la especialidad y publica el Ministerio de Sanidad. Cada unidad docente lo adapta a sus recursos, de modo que dos plazas en centros distintos ofrecen recorridos distintos.

Ver la residencia y las unidades docentes.

Preguntas frecuentes

¿Qué es la farmacia hospitalaria?

La especialidad farmacéutica que se ocupa de la selección, adquisición, custodia, elaboración, dispensación e información sobre medicamentos en el ámbito hospitalario, orientada a un uso apropiado, seguro y eficiente.

¿Es obligatorio que un hospital tenga servicio de farmacia?

Sí en los hospitales de 100 o más camas, conforme a la Ley 14/1986 General de Sanidad, bajo la responsabilidad de un farmacéutico especialista. Galicia y Cataluña rebajan el umbral a 50 camas.

¿Cómo se accede a la especialidad de farmacia hospitalaria?

Exclusivamente por el FIR. No existe otra vía de obtención del título de especialista, regulado desde el Real Decreto 2708/1982.

¿Qué norma aprueba el programa formativo de Farmacia Hospitalaria?

Una resolución de 20 de mayo de 1999 de la Secretaría de Estado de Educación, Universidades, Investigación y Desarrollo, sobre la base del Real Decreto 2708/1982. Es la única de las seis especialidades del FIR sin orden ministerial publicada en el BOE: no existe ninguna «Orden SCO» de Farmacia Hospitalaria.

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Fuentes oficiales

Referencias verificables en el Boletín Oficial del Estado y en el portal del Ministerio de Sanidad.

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Este contenido es exclusivamente procedimental: describe el proceso selectivo, sus plazos y su forma de puntuación. No contiene información clínica, diagnóstica ni terapéutica, ni orientación sobre el ejercicio de la Farmacia.

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